La CEOE apuesta por la vacuna obligatoria tras la incorporación de Pfizer

La compañía Pfizer es, desde el pasado 15 de septiembre, nuevo miembro de CEOE, tras el acuerdo rubricado entre el presidente de la patronal, Antonio Garamendi, y el presidente y director general de la empresa biomédica en España, Sergio Rodríguez, todo ello con la perspectiva de introducir la vacunación obligatoria contra el coronavirus en los convenios colectivos.

Pfizer participará a partir de ahora de manera activa en las comisiones de trabajo de CEOE que abordan cuestiones de interés para su ámbito de actividad, como son la Comisión de Sanidad y Asuntos Sociales o la Comisión de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i), entre otras.

El presidente de CEOE, Antonio Garamendi, se ha mostrado «orgulloso» de contar en las filas de la patronal con un nuevo asociado de la «talla» de Pfizer. «Compañías como esta -dijo Garamendi- son ejemplo de la función social que el mundo empresarial lleva a cabo en nuestros días, y que va mucho más allá de la mera generación de beneficios económicos para sus accionistas«.

Por su parte, el presidente de Pfizer, Sergio Rodríguez, considera que esta incorporación a la CEOE representa una oportunidad para el sector, ya que la industria farmacéutica es, junto con el automóvil, el primer sector inversor en I+D+i del país, con más de 1.200 millones de euros anuales, lo que confirma el “importante papel” que juega en la investigación y colaboración biomédica pública y privada.

Pero han ido más allá. La CEOE, que hasta ahora se había mantenido discretamente al margen en relación a las campañas de vacunación, ha hecho suya la reivindicación de Pfizer y ha mostrado cuál va a ser el próximo caballo de batalla de la patronal: que la vacunación de los trabajadores sea obligatoria para acceder a un puesto de trabajo.

En una entrevista publicada ayer en el diario El Mundo, Garamendi apuesta porque las empresas controlen si los trabajadores puedan tener la «pauta completa», es decir, que estén al día de cuantas dosis de vacunas se le antojen a sus socios de las compañías farmacéuticas, donde los trabajadores no vacunados o sin el calendario completo pasarán a ser trabajadores de segunda.

Teóricamente, las empresas no pueden exigir a los trabajadores la vacunación ni cualquier otro dato que tenga que ver con cuestiones de salud, por ser datos legalmente protegidos, pero de manera paulatina esta tendencia se está incorporando en los centros de trabajo, y esta exigencia que la CEOE quiere elevar a categoría de norma, es ya una realidad.

Qué dicen de esto los sindicatos. Pues de momento los delegados sindicales que representan a los trabajadores del sector farmacéutico en 42 sindicatos de 27 países abordaron los desafíos enfrentados por sus miembros a causa de la pandemia. El grupo tomó una posición firme y aprobó una declaración sobre el acceso universal a vacunas, pruebas, tratamientos, terapias y medicamentos para combatir la COVID-19, entre otros aspectos.

Los dirigentes de IndustriALL tuvieron una reunión con el director general de la OMC, el Dr. Ngozi Okonjo-Iweala, en la que analizaron las barreras comerciales para el acceso universal a las vacunas y suministros médicos contra la COVID-19, así como los debates en torno a una exención temporal de las reglas de propiedad intelectual de la OMC durante esta pandemia.

La red también llevó a cabo una sesión sobre el fortalecimiento del poder sindical en las empresas multinacionales del sector, en la que se abordaron las actividades sindicales en Takeda, Sanofi, Fresenius, GlaxoSmithKline (GSK), Novartis, AstraZeneca y B. Braun. En estas empresas prioritarias se han desarrollado distintos niveles de reconocimiento y diálogo, y todos los sindicatos implicados se comprometieron a continuar con su ambicioso plan a favor de la solidaridad y la coordinación internacional.

Por su parte, en España, en las Comunidades Autónomas, a pesar de ser una exigencia legal, la inoculación de las vacunas autorizadas por la Agencia Española del Medicamento contra el llamado COVID-19 no aparecen en las historias clínicas de aquellas personas que han recibido alguna de sus dosis, ni tampoco aparecen en el calendario de vacunación. Cualquier efecto secundario posterior quedará disociado de su inoculación, y será tratado como una patología ajena al fármaco.

El artículo 3 de la Ley 41/2002 reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, instituye la historia clínica como «todo dato, cualquiera que sea su forma, clase o tipo, que permite adquirir o ampliar conocimientos sobre el estado físico y la salud de una persona, o la forma de preservarla, cuidarla, mejorarla o recuperarla.»

En dicha norma, en su Capítulo V, establece las obligaciones de la administración sanitaria de registrar en el historial clínico de los usuarios del servicio de salud, «todos aquellos datos que, bajo criterio médico, permitan el conocimiento veraz y actualizado del estado de salud», pero curiosamente, del historial clínico de las Comunidades Autónomas ha desaparecido un dato relevante: el de las personas que se han vacunado con alguno de los fármacos autorizados para el coronavirus.

Tampoco en las bases de datos del Sistema Nacional de Salud, a pesar de lo anunciado por el gobierno.

Se trata de una operación que puede comprobar cualquier persona en posesión de su firma o DNI electrónico que haya sido vacunado.

El Ministerio de Sanidad, que emite el llamado «Certificado COVID» que pretende ser un «salvoconducto» de acceso a estadios, aviones u hoteles, no recoge sin embargo la vacunación, como dato médico relevante, en las bases de datos del Sistema Nacional de Salud.

Lo que en modo alguno hay que confundir es ese «Certificado COVID», donde aparecen generalmente las dosis suministradas y datos adicionales del lote, del historial clínico al que tienen acceso los médicos de atención primaria, ya que son bases de datos distintas.

Puede comprobarse en esta web. En ella se accede al historial en manos del Ministerio, y a su vez al de cada Comunidad Autónoma.

En palabras de la ley, la historia clínica es un instrumento destinado fundamentalmente a garantizar una asistencia adecuada al paciente. Los profesionales asistenciales del centro que realizan el diagnóstico o el tratamiento del paciente tienen acceso a la historia clínica de éste como instrumento fundamental para su adecuada asistencia.

La trascendencia de que no exista rastro de la vacunación COVID en las historias clínicas es de excepcional relevancia, porque de existir reacciones adversas a la misma, éstas estarán siempre completamente disociadas de la inoculación, a no ser que exista una especial pericia del personal médico que atienda a la persona afectada.

Como consecuencia de esto, son decenas de miles los casos de patologías que pasan inadvertidas como un efecto secundario, lo cual permite a la Administración salir indemne en la mayoría de las incidencias. Porque como publicamos anteriormente, la «vacunación es una prioridad» para el Estado, pero parece que nadie quiere hacerse cargo si la cosa sale mal.

Fuentes

mpr21

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